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Subsecretaría de Relaciones del Trabajo

ACCIONES

1. Intervenir y fiscalizar lo relativo a condiciones de trabajo y de seguridad y salud en el trabajo, dictando las medidas que aseguren y tutelen los derechos, la integridad psicofísica y la dignidad de los trabajadores.

2. Definir las políticas de inspección laboral a ejecutarse por las Direcciones dependientes de la Subsecretaría, por las Coordinaciones de las Delegaciones Regionales de Trabajo y Empleo y por las Delegaciones Regionales de Trabajo y Empleo.

3. Planificar y ordenar las acciones de inspección a llevarse a cabo en todo el territorio provincial.

4. Organizar y dirigir la inspección del trabajo en todas sus formas, fiscalizando el cumplimiento de las leyes, decretos, convenciones colectivas, resoluciones, reglamentaciones vigentes y cualquier otra norma vigente, instruyendo las actuaciones correspondientes.

5. Articular acciones en conjunto con la Subsecretaría de Relaciones del Trabajo y con la Subsecretaria Técnica, Administrativa y Legal, en lo relativo a la instrucción de sumarios por inspecciones y a la imposición de sanciones, a fin de lograr la eficacia y eficiencia de las acciones de inspección.

6. Realizar análisis y elaborar estudios para el dictado de normas relacionadas con la materia inspectiva.

7. Elaborar proyectos de normas relacionadas con las acciones a su cargo.

8. Constatar conflictos colectivos de trabajo del sector privado y el cumplimiento de las conciliaciones obligatorias dictadas por la Subsecretaría de Relaciones del Trabajo, cuando esta lo solicite, en todo el territorio provincial.

9. Definir las acciones de capacitación en materia inspectiva y ejecutar las mismas en coordinación con el Instituto Provincial de la Administración Pública.

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